Herencia Digital (Segunda Parte)

Redes Sociales

Hace más de 4 años escribí en este mismo blog al respecto  de la herencia digital, en octubre del año 2011 para ser exactos. En ese año mi principal preocupación empezaba en las redes sociales, hoy tenemos que expandirnos mucho más.

La herencia digital se ha multiplicado en estos 4 años e irá a más, fotografías, música, y mucho almacenamiento en disco. Lo peor de todo esto es que ni debatimos al respecto de esta temática, y nada se hace tampoco por los posibles “afectados” como los proveedores.

Por ejemplo, ¿puedo heredar mi cuenta de Twitter? Pero mejor aún, ¿puedo heredar mis Google Photos?

Entre estas dos preguntas hay una gran diferencia, todo lo que he dicho en Twitter es público así que en principio no me preocupa tanto, pero lo que he guardado en mi correo electrónico, o en mis fotografías… eso no tanto, aun a efectos de una herencia, aquello que quizá no deseo que sea de conocimiento de un tercero nunca.

No he visto iniciativas serias de Google, o de Microsoft (Hotmail, Yammer, MSN), o Facebook. Dentro de unos años seguramente una demanda o una denuncia será la que les obligue a pensar en el tema, y posiblemente a dar una solución equivocada, consecuencia de su actual falta de propuestas, y de la siempre mala decisión de las entidades judiciales y legales.

Hay que tomar en cuenta, que de la misma forma en que los herederos de Hemingway se benefician de las obras del escritor por herencia, un blog famoso, o una cuenta de Twitter con suficientes seguidores podría producir para sus herederos.

Servicios Cloud

Comentarios

Entradas populares de este blog

Notificaciones Dehú ¿real o falsa? -Error de Ciberseguridad

El clavo que sobresale siempre recibe un martillazo

La diferencia entre Suministrador, Proveedor y Partner